Hace unos días recordé un diálogo que sostuve acerca de la responsabilidad penal de los familiares (testaferros) de corruptos y criminales en el ejercicio del poder público, con Francisco (Paco) Muñoz Conde y Javier Llobet R., connotados académicos, ambos con premios en Alemania por sus investigaciones. Al respecto, recordaban que el sistema actual penal se fundamentaba en un sistema de la culpabilidad por acto y no de autor, de lo que se deriva que la responsabilidad se genera por lo que hace el sujeto queriéndolo hacer. Sobre esta base teórica me permitía afirmar que, si bien los familiares(testaferros) no cometían el acto, sin embargo, podían estar incursos en colaboración, complicidad en algunos de esos delitos cometidos por sus familiares (testaferros) en ejercicio de funciones públicas. Efectivamente, estuvieron de acuerdo con mi posición.
¿Por qué traigo a colación ese diálogo? Muy simple, hace unos días bajándome del autobús en Velázquez (Madrid) pasó, frente a mí, un hijo de un alto enchufado con Maduro, en un Mercedes Benz 480, lo que me hizo recordar que en 2017 vi en Madrid a una hija de alto militar venezolano conduciendo un Ferrari. Casos como estos sobran, por ejemplo, el hermano de un funcionario de Chávez, quien arruinó un banco del Estado venezolano, cerrar por su cuenta bares o restaurantes y pagar las cuentas de los presentes. Mientras millones de venezolanos pasamos muchas calamidades. Ese latrocinio de los altos funcionarios ha empobrecido al país en forma alarmante, es más, han convertido al Estado venezolano en Estado fallido porque no puede garantizar su propio funcionamiento y los servicios básicos a la población, no puede satisfacer las necesidades esenciales de los ciudadanos de salud, trabajo y alimentación, no controla la integridad del territorio por haberlo cedido a grupos extranjeros violentos y bandas dedicadas a actividades ilícitas.
Vemos la ostentación grosera de esos funcionarios y de sus familiares (testaferros). Carros de lujos, fiestas de derroche, viajes al exterior, faustos hoteles, compras rimbombantes, restaurantes majestuosos. Mientras, el pueblo con salarios y pensiones miserables, pasando hambre y temerosos de enfermarse porque eso sería la mayor desgracia.
La pregunta sería ¿estos familiares (testaferros) de esos funcionarios también deben ser juzgados? He sostenido que sí, obviamente, debe investigarse si hay o no participación directa en los crímenes cometidos por familiar de funcionario. Es posible que su actuación haya sido de colaborador o que sin su participación no hubiese sido posible la ejecución del tipo penal específico, en estas situaciones, es evidente que está incurso en los hechos constitutivos del delito.
El problema está cuando no hay esa participación. En tal escenario creo, efectivamente, es responsable penalmente de diversos delitos. El primero, sería lo previsto en la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, en el artículo 35: “La persona sea propietario o propietaria, poseedor o poseedora de capitales, bienes, fondos, haberes o beneficios, a sabiendas de que provienen directa o indirectamente de una actividad ilícita». Son muchas las esposas, hijas, hijos, hermanos y padres que tienen bienes costosos sin tener capacidad económica para adquirirlos, fijándose como pena “prisión de diez a quince años y multa equivalente al valor del incremento patrimonial ilícitamente obtenido”, además, el decomiso de esos bienes conforme a la Ley de Extinción de Dominio.
Pero, además, pueden, normalmente es concurrente con el anterior, incurrir en colaboración para evadir la justicia conforme a lo establecido en el artículo 255 del Código Orgánico Penal, los que “ayuden sin embargo a asegurar su provecho, a eludir las averiguaciones de la autoridad”.
Lo que sí es incuestionable es que los familiares (testaferros) de los funcionarios corruptos están inculpados en el delito de aprovechamiento de bienes provenientes de delitos (art. 470 eiusdem). No pueden salir con el cuento de que no sabían que eran valores o bienes de obtención ilícita, por solo sentido común sabrían que un sueldo de funcionario, por más alto que sea, no alcanzaría para adquirir bienes muy costosos, gastos ostentosos y derroche. No cabe duda de que ese aprovechamiento es consciente, es doloso.
Sustentamos que, en Estado de derecho, en el marco de una justicia transicional, todos los que hayan cometido delito contra el erario público deben ser castigados, es indiscutible que si hay colaboración para establecer con claridad los hechos y recuperar los bienes y valores, podría considerarse la suspensión de la pena y sometimiento a plan de reeducación social. Se trata, en primer lugar, de recuperar lo robado a las arcas nacionales para darles un destino a favor del interés general; en segundo lugar, como medio disuasivo para que se entienda que no puede haber impunidad; en tercer lugar, que no es moral ni jurídico que personas se aprovechen de bienes obtenidos ilícitamente. La justicia llegará. ¡Hasta el final!
Rodrigo Rivera Morales es doctor en Derecho Procesal y Constitucional. Bloque Constitucional Capitulo España.
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